Desde el punto de vista de Prevención de Riesgos Laborales en los puestos de trabajo mencionados, es obligatorio el cumplimiento de unos requisitos mínimos de calidad ergonómica así como los complementos necesarios permitirá prevenir una buena parte de las molestias de tipo postural y ambiental, circunstancias ambas recogidas en el R.D. 486/1997 de 14 de abril por el que se establecen las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en los lugares de trabajo.
Esta deficiencia no es nada nuevo y va camino de convertirse en negligencia por parte de los responsables del Servicio de Limpieza y Portería, que son los garantes de la Seguridad y Salud de los trabajadores y trabajadoras a su cargo. Desde UGT volveremos a insistir a través de nuestros Delegados de Prevención en el Comité de Seguridad y Salud y donde haga falta, para solucionar este problema lo antes posible, incluso podemos ayudar en la identificación de los puestos más afectados.
Por ello, hemos presentado un escrito al Departamento de Limpieza y Porterías recogiendo esta situación para que se tomen las medidas preventivas necesarias para subsanar las deficiencias señaladas.