La presente orden tiene por objeto determinar, en el curso 2020-2021:
a) Las características, el diseño y el contenido de la prueba de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad.
b) Las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas.
c) Los cuestionarios de contexto, aplicables en el ámbito competencial de los Ministerios de Educación y Formación Profesional y de Universidades, e indicadores comunes del centro.
La evaluación de Bachillerato se realizará exclusivamente al alumnado que quiera acceder a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.
Fechas límite para la realización de las pruebas.
1. Las pruebas deberán finalizar antes del día 18 de junio de 2021.
Los resultados provisionales de las pruebas serán publicados antes del 25 de junio de 2021.
2. Las pruebas correspondientes a la convocatoria extraordinaria deberán finalizar:
a) Antes del día 16 de julio de 2021, en el caso de que la Administración educativa competente determine celebrar la convocatoria extraordinaria en el mes de julio.
En este caso, los resultados provisionales de las pruebas deberán ser publicados antes del 23 de julio de 2021.
b) Antes del día 16 de septiembre de 2021, en el caso de que la Administración educativa competente determine celebrar la convocatoria extraordinaria en el mes de septiembre.
En este caso, los resultados provisionales deberán ser publicados antes del 22 de septiembre de 2021.
Docentes, siempre imprescindibles